EXP. N° 014-98-AA/TC
TACNA
FELIPE TURPO LUPACA
RESOLUCION DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Tacna, veinticinco de agosto de mil novecientos noventa y ocho.
VISTO:
El Recurso Extraordinario interpuesto por don Felipe Turpo Lupaca contra el Auto expedido por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna Moquegua, a fojas ciento cincuenta y siete, su fecha once de noviembre de mil novecientos noventa y siete, que confirmó el auto apelado, a fojas ciento treinta y uno, su fecha catorce de agosto de mil novecientos noventa y siete, que resuelve declarar la conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo.
ATENDIENDO:
Por estos fundamentos, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confiere la Constitución Política del Estado y su Ley Orgánica;
RESUELVE:
REVOCAR el Auto expedido por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna-Moquegua, a fojas ciento cincuenta y siete, su fecha once de setiembre de mil novecientos noventa y siete, que declaró concluido el proceso; reformándolo declara IMPROCEDENTE la Acción de Amparo. Dispone la notificación a las partes, la publicación en el diario oficial El Peruano y la devolución de los actuados.
S.S
ACOSTA SÁNCHEZ
DÍAZ VALVERDE
NUGENT
GARCÍA MARCELO