EXP. N.° 016-99-AA/TC

LIMA

URBANO VÁSQUEZ TORRES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Lima, quince de abril de mil novecientos noventa y nueve

VISTA:

La Acción de Amparo Nš 016-99-AA/TC, seguida por don Urbano Vásquez Torres, que por auto de fecha veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y ocho, fue declarada improcedente in limine por el Primer Juzgado Corporativo Transitorio Especializado en Derecho Publico de Lima, decisión que fue confirmada por la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Derecho Público de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante resolución de fecha diecisiete de noviembre de mil novecientos noventa y ocho; y,

ATENDIENDO A :

Que, a través de la presente Acción de Amparo el demandante solicita que la demandada lo reconozca como pensionista, y le otorgue su pensión de jubilación de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nš 19990.

Que, de autos se desprende que el demandante pretende que por medio de esta acción de garantía se declare un derecho, como es el derecho pensionario bajo el régimen del Decreto Ley Nš 19990, es decir no que se reponga al estado anterior a la violación o amenaza de violación de un derecho ya declarado o reconocido, sino que se trata mediante la presente vía procedimental de alcanzar un derecho, consecuentemente tal pretensión se encuentra fuera de los alcances de las acciones de garantía.

Por estos fundamentos, el Tribunal Constitucional en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica;

RESUELVE:

CONFIRMAR la resolución expedida por la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Derecho Público de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas setenta y siete, su fecha diecisiete de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, que confirmando la sentencia apelada declaró IMPROCEDENTE la Acción de Amparo interpuesta. Dispone la notificación a las partes, su publicación en el diario oficial El Peruano y la devolución de los actuados.

S.S.

ACOSTA SÁNCHEZ

DÍAZ VALVERDE

NUGENT

GARCÍA MARCELO E.G.D