EXP. N.° 612-99-HC/TC
LIMA
RUBÉN DARÍO MANSILLA SAN MIGUEL
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los diecinueve días del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve
VISTA:
La Resolución expedida por la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Derecho Público de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas cuarenta y cuatro, su fecha veinticinco de junio de mil novecientos noventa y nueve, por la que dispone remitir al Tribunal Constitucional los autos de la presente causa, a efectos de que conozca el recurso concedido; y,
ATENDIENDO:
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Estado y su Ley Orgánica;
RESUELVE:
Declarar nula la resolución de vista, insubsistente la apelada y nulo todo lo actuado desde fojas cinco, inclusive, a cuyo estado se repone la causa, para que la Sala Especializada en Derecho Público la tramite con arreglo a la ley. Dispone la notificación a las partes, su publicación en el diario oficial El Peruano y la devolución de los actuados.
SS.
ACOSTA SÁNCHEZ
DÍAZ VALVERDE
NUGENT
GARCÍA MARCELO
JMS