EXP. N.°
1010-98-AA/TC
LIMA
VÍCTOR RAFAEL AZAÑEDO GALLARDO
Lima, dieciséis de setiembre de mil novecientos
noventa y nueve
VISTA:
La solicitud de aclaración presentada por don Víctor
Rafael Azañedo Gallardo con fecha catorce de setiembre de mil novecientos
noventa y nueve, a fin de que se corrija el error tipográfico en la Sentencia
recaída en el Expediente N.º 1010-98-AA/TC, su fecha trece de mayo de mil
novecientos noventa y nueve, en la que se consignó equivocadamente el apellido
paterno del demandante; y,
ATENDIENDO
A:
1. Que, a fojas uno de autos se aprecia que en la Libreta
Electoral del demandante su apellido paterno es Azañedo y no Azañero, por lo
que debe aclararse la sentencia expedida por este Tribunal con fecha trece de
mayo de mil novecientos noventa y nueve, en el Expediente N.º 1010-98-AA/TC.
Por esta consideración el Tribunal Constitucional, en
uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Estado y
su Ley Orgánica;
RESUELVE:
Aclarar
que
en la Sentencia recaída en el Expediente N.º 1010-98-AA/TC, su fecha trece de
mayo de mil novecientos noventa y nueve, el apellido paterno del demandante
figura como Azañero, debiendo ser Azañedo; siendo esta resolución parte
integrante de la sentencia, dispone la
notificación a las partes y su publicación en el diario oficial El Peruano y, la devolución de los
actuados.
SS.
ACOSTA
SÁNCHEZ
DÍAZ
VALVERDE
NUGENT
GARCÍA
MARCELO
E.G.D.