Exp. N.º 96-98-AA/TC
LIMA
ROSA MARÍA MARóN áLVAREZ Y OTRA
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y nueve
VISTO:
El Recurso Extraordinario interpuesto por doña Rosa María Marón Álvarez y Lucila Bellido Chuchón contra el Auto expedido por la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Derecho Público de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas noventa y ocho, su fecha veinticuatro de noviembre de mil novecientos noventa y siete, que declaró improcedente la Acción de Amparo; y,
ATENDIENDO A:
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Estado y su Ley Orgánica;
RESUELVE:
CONFIRMAR el Auto expedido por la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Derecho Público de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas noventa y ocho, su fecha veinticuatro de noviembre de mil novecientos noventa y siete, que confirmando el auto apelado declaró IMPROCEDENTE la Acción de Amparo. Dispone la notificación a las partes, su publicación en el diario oficial El Peruano y la devolución de los actuados.
SS.
ACOSTA SÁNCHEZ
DÍAZ VALVERDE
NUGENT
GARCÍA MARCELO
ELG.