Exp. N.º 271-98-AA/TC
LIMA
JUAN CLIMACO ALANYA QUISPE
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y nueve
VISTO:
El Recurso Extraordinario interpuesto por don Juan Climaco Alanya Quispe contra el Auto expedido por la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Derecho Público de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas cuarenta y cinco, su fecha diez de febrero de mil novecientos noventa y ocho, que declaró improcedente la Acción de Amparo; y,
ATENDIENDO A:
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del estado y su Ley Orgánica;
RESUELVE:
CONFIRMAR el Auto expedido por la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Derecho Público de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas cuarenta y cinco, su fecha diez de febrero de mil novecientos noventa y ocho, que confirmando el Auto apelado declaró IMPROCEDENTE la Acción de Amparo. Dispone la notificación a las partes, su publicación en el diario oficial El Peruano y la devolución de los actuados.
SS.
ACOSTA SÁNCHEZ
DÍAZ VALVERDE
NUGENT
GARCÍA MARCELO
ELG.