EXP. N.° 734-97-AA/TC
HUAURA
INOCENTE CASASOLA FILIOS
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, diecisiete de enero de dos mil
VISTA:
La Resolución de fecha siete de agosto de mil novecientos noventa y nueve, expedida por la Sala Civil Mixta de Huacho de la Corte Superior de Justicia de Huaura, que concede el Recurso Extraordinario interpuesto por don Inocente Casasola Filios, contra la Sentencia expedida por la misma Sala, su fecha dieciocho de julio de mil novecientos noventa y siete; y,
ATENDIENDO A:
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Estado y su Ley Orgánica;
RESUELVE:
Que carece de objeto pronunciarse sobre la pretensión controvertida, por las razones expuestas en la parte considerativa de ésta resolución, en el presente proceso de Acción de Amparo interpuesto por don Inocente Casasola Filios contra la Comunidad Campesina de Santa Cruz de Andamarca; dispone la devolución de los actuados.
SS.
ACOSTA SÁNCHEZ
DÍAZ VALVERDE
NUGENT
GARCÍA MARCELO
JAM