EXP. N.º 860-99-AA/TC
CHICLAYO
BLANCA ELA SAAVEDRA
VIUDA DE CABREJOS
Lima,
treinta de mayo de dos mil
VISTA:
La solicitud presentada por don Oscar Cieza Díaz, abogado de la
demandante doña Blanca Ela Saavedra viuda de Cabrejos, con fecha veintinueve de
mayo de dos mil; a fin de que se corrija la Sentencia recaída en el Expediente
N.º 860-99-AA/TC, su fecha diecinueve de enero de dos mil; y,
ATENDIENDO A:
1.
Que, por error material se ha consignado en la
mencionada sentencia el apellido materno de quien en vida fue esposo de la
demandante como “Getsella” siendo lo correcto “Estrella” y de conformidad con
lo establecido en el artículo 407º del Código Procesal Civil, aplicable
supletoriamente al caso de autos.
Por esta consideración, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Estado y su Ley Orgánica;
RESUELVE:
Corregir
la Sentencia recaída en el Expediente N.º 860-99-AA/TC, su fecha diecinueve de
enero de dos mil, en los términos contenidos en la consideración precedente;
formando la presente Resolución parte integrante de la sentencia. Dispone la
notificación a las partes, su publicación en el diario oficial El Peruano y la devolución de los
actuados.
SS.
ACOSTA SÁNCHEZ
DÍAZ VALVERDE
NUGENT
GARCÍA MARCELO