EXP. N.º 1005-99-AA/TC
LIMA
Miguel Angel Fernández Torres
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, catorce de enero del dos mil
VISTO:
El Recurso Extraordinario interpuesto por don Miguel Angel Fernández Torres contra la Resolución expedida por la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República, de fecha dieciséis de julio de mil novecientos noventa y ocho, que resolvió no haber nulidad en el auto de vista que confirmando la apelada declaró improcedente la Acción de Amparo.
ATENDIENDO A:
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Estado y su Ley Orgánica;
RESUELVE:
Declarar nula la Resolución de la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República, de fojas veinticuatro del Cuaderno de Nulidad, su fecha dieciséis de julio de mil novecientos noventa y ocho, que resolvió no haber nulidad en el auto de vista que confirmando la apelada declaró improcedente la Acción de Amparo; y nulo todo lo actuado, reponiendo la causa al estado en que sea admitida la demanda y se la tramite con arreglo a la ley. Dispone la notificación a las partes, su publicación en el diario oficial El Peruano y la devolución de los actuados.
SS.
ACOSTA SÁNCHEZ
DÍAZ VALVERDE
NUGENT
GARCÍA MARCELO
PBU