EXP. N.º 1130-98-HC/TC

LIMA

MARCELINO  BENDITA CALLA

 

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

 

Lima, trece de enero de dos mil

 

 

VISTA:

 

La Acción de Hábeas Corpus interpuesta por don Marcelino Bendita Calla contra el  jefe de la policía particular de la Empresa Seguroc, don Luis Enrique Ramos Romero, y contra la suboficial de la Policía Nacional del Perú, doña María Chuchón Aróstegui, la que por Auto de fecha cinco de noviembre de mil novecientos noventa y ocho fue declarada improcedente in limine por el Primer Juzgado Corporativo Transitorio Especializado en Derecho Público de Lima, resolución que fue confirmada por la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Derecho Público de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Auto de fecha diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y ocho; y,  

 

 

ATENDIENDO A:

 

1.      Que, bajo el principio del fumus bonis iuris, a través del cual a simple vista se advierte la violación o no de un derecho fundamental; en el presente caso no se dá en razón que los hechos han sido circunstanciales y, al parecer, se trataría de faltas de cortesía cometidas, entre las partes, recíprocamente, que necesitarían ser investigadas en otra vía para acreditar la responsabilidad, si la tuvo, de la parte demandada; pero no en la Acción de Hábeas Corpus, ya que estos hechos no están tipificados ni enunciados en el artículo 12° de la Ley N.° 23506 de Hábeas Corpus y Amparo.

 

Por esta consideración, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Estado y su Ley Orgánica;

 

 

RESUELVE:

 

CONFIRMAR la Resolución expedida por la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Derecho Público de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas treinta, su fecha diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, que confirmando la apelada declaró IMPROCEDENTE la Acción de Hábeas Corpus. Dispone la notificación a las partes, su publicación en el diario oficial El Peruano y la devolución de los actuados. 

 

SS.

ACOSTA SÁNCHEZ

DÍAZ VALVERDE

NUGENT

GARCÍA MARCELO

 

 

 

 

 

 

JAM