EXP. N.° 247-2001-HC/TC
TACNA
JESÚS WALTER CHURA HUISA
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, veintiséis de abril de dos mil uno
VISTO
El recurso de nulidad que debe entenderse como extraordinario, interpuesto por don Jesús Walter Chura Huisa contra la sentencia expedida por la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Tacna y Moquegua, su fecha uno de diciembre de dos mil, que, confirmando la apelada, declaró improcedente la acción de hábeas corpus interpuesta contra el suboficial Técnico de Segunda PNP, Miguel Ángel Díaz Ramírez; y,
ATENDIENDO A
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Estado y su Ley Orgánica
RESUELVE
Revocar la recurrida que, confirmando la apelada, declaró improcedente la acción de hábeas corpus; reformándola, declara que carece de objeto pronunciar sentencia por haberse producido la sustracción de la materia. Dispone la notificación a las partes, su publicación en el diario oficial El Peruano y la devolución de los actuados.
SS
AGUIRRE ROCA
REY TERRY
NUGENT
DÍAZ VALVERDE
ACOSTA SÁNCHEZ
REVOREDO MARSANO