Exp. N.° 725-2000-HC/TC

Cusco

Carlos Alberto Félix Cavero

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Lima, dieciocho de enero de dos mil uno.

VISTO

El recurso extraordinario interpuesto por don José Manuel La Portilla Medina, a favor de don Carlos Alberto Félix Cavero contra la resolución de la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Cusco y Madre de Dios, de fecha doce de junio de dos mil, que confirmando la resolución apelada del veintinueve de mayo de dos mil, declaró infundada la acción de hábeas corpus contra don Zenón Chayña Quispe, Juez del Segundo Juzgado Penal de Cusco; y,

ATENDIENDO A

  1. Que la acción de hábeas corpus interpuesta está dirigida contra la resolución expedida el diez de marzo de dos mil por el Juez del Segundo Juzgado Especializado en lo Penal del Cusco, que declaró contumaz a don Carlos Alberto Félix Cavero y dispuso su captura y conducción al Juzgado.
  2. Que dicha declaración de contumacia se origina en el hecho que don Carlos Alberto Félix Cavero no se presentó a la diligencia de lectura de sentencia en el proceso que se le siguiera por la comisión del delito de receptación, en el proceso N.° 97-0123, tramitado ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Penal del Cusco.
  3. Que en el referido proceso, con fecha veintinueve de agosto de dos mil, se realizó la diligencia de lectura de sentencia, en la que el favorecido, luego de leída la sentencia recaída en su persona, se declaró conforme con la misma, como aparece de las copias de fojas trescientos veinticinco a trescientos veintinueve del expediente N.° 97-0123, insertas en el cuaderno del Tribunal Constitucional.

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren por la Constitución del Estado y su Ley Orgánica;

RESUELVE

Revocar la recurrida, que, confirmando la apelada, declaró infundada la demanda; y, reformándola, declara que carece de objeto pronunciar sentencia, por haberse producido la sustracción de la materia. Dispone la notificación a las partes, su publicación en el diario oficial El Peruano y la devolución de los actuados.

SS

Rey Terry

Nugent

Díaz Valverde

Acosta Sánchez

Revoredo Marsano

García Marcelo