EXP. N.° 1222-2000-AA/TC
LIMA
MIGUEL ÁNGEL ENCISO MARTÍNEZ
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, veintiocho de marzo de dos mil uno.
VISTO
El recurso extraordinario interpuesto por don Miguel Angel Enciso Martínez contra el auto expedido por la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Derecho Público de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas ochenta y nueve, su fecha veintiséis de setiembre de dos mil, que, confirmando el apelado, declaró improcedente in limine la acción de amparo de autos; y,
ATENDIENDO A
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Estado y su Ley Orgánica
RESUELVE
CONFIRMAR la recurrida, que, confirmando la apelada, declaró IMPROCEDENTE la acción de amparo. Dispone la notificación a las partes, su publicación en el diario oficial El Peruano y la devolución de los actuados.
SS
AGUIRRE ROCA
REY TERRY
NUGENT
DÍAZ VALVERDE
ACOSTA SÁNCHEZ
REVOREDO MARSANO