EXP. N° 842--2001-HC/TC
JUAN ENRIQUE AVILA HERRERA
LIMA
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, veintiséis de setiembre de dos mil uno.
VISTO
El recurso extraordinario presentado por don Carlos Weiss Marin en representación de don Juan Enrique Avila Herrera, contra la resolución de la Sala Derecho Público de la Corte Superior de Justicia de Lima, que confirmando el auto apelado del dieciocho de abril de dos mil uno, declaró Improcedente la acción de habeas corpus de autos;
ATENDIENDO A
Por estos fundamentos, el Tribunal Constitucional en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución del Estado y su Ley Orgánica;
FALLA
DECLARANDO NULO el auto recurrido, insubsistente el apelado y NULO todo lo actuado. Ordena que el Juez competente proceda a admitir a trámite la acción de hábeas corpus y realice la investigación pertinente; Dispone, la notificación a las partes, la publicación de la presente en el diario oficial El Peruano y la devolución de los actuados.
SS
AGUIRRE ROCA
REY TERRY
NUGENT
DÍAZ VALVERDE
ACOSTA SÁNCHEZ
REVOREDO MARSANO