EXP. N.° 0107-2003-AA/TC
LIMA
LUIS ANTONIO CATACORA GONZALES
La solicitud de reposición presentada por don Luis Antonio Catacora
Gonzales, respecto del auto expedido por este Colegiado con fecha 18 de agosto
de 2003; y,
1.
Que el solicitante cuestiona el segundo
fundamento del auto expedido con fecha 18 de agosto de 2003, mediante el cual
se ha desestimado su anterior solicitud de corrección en torno a los alcances
de la sentencia emitida con fecha 29 de mayo de 2003, por considerarse que,
según interpretación reiterada de este Colegiado, el estado anterior a la
violación de los derechos se circunscribe, en casos como el del recurrente, a
disponer que se le convoque a una entrevista personal.
2.
Que el solicitante, esgrimiendo diversos
argumentos, pretende que este Colegiado modifique su criterio, lo que
evidentemente no procede y, en cambio, excede los alcances de la presente
solicitud. En tales circunstancias, el escrito presentado deberá desestimarse.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las
atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley
Orgánica,
Declarar
sin lugar la solicitud de reposición
presentada por don Luis Antonio Catacora Gonzales. Dispone la notificación a
las partes, su publicación conforme a ley y la devolución de los actuados.
SS.
REVOREDO MARSANO
GARCÍA TOMA