EXP. N.° 0128-2002-AC/TC
CAÑETEBELLSOUTH PERÚ
SOCIEDAD ANÓNIMA S.A.
El escrito de fecha 22 de octubre de 2002,
presentado por don Rafael Muente Schwarz, en su calidad de representante legal
de la Empresa Bellsouth Perú S.A., cuya firma se encuentra debidamente
legalizada, en el que se desiste de la presente acción de cumplimiento,
interpuesta contra la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Flores de la
provincia de Cañete; y,
Que, de conformidad con los artículos 340° y 343° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria, el escrito de desistimiento del proceso ha sido puesto a conocimiento de la parte demandada, quien manifiesta su oposición, como es de verse de fojas 51 y siguientes del Cuaderno de este Tribunal, pero lo hace fuera del plazo que le concede el artículo 343°, ya mencionado.
Por este considerando, el
Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la
Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica,
Tener por desistida a la Empresa Bellsouth Perú S.A.
de la presente acción de cumplimiento seguida contra la Municipalidad Distrital
de Santa Cruz de Flores de la provincia de Cañete. Dispone dar por concluido el
presente proceso, notificar a las partes y devolver los actuados.
SS.
ALVA ORLANDINI
AGUIRRE ROCA
GARCÍA TOMA