EXP. N.° 0188-2003-HC/TC
LIMA
VÍCTOR HUGO ELÍAS MATEO GIUSTI Y OTRO
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 17 de marzo de 2003
VISTO
El recurso extraordinario interpuesto por don Víctor Hugo Elías Mateo Giusti contra la sentencia de la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 124, su fecha 23 de diciembre de 2002, que, confirmando la apelada, declaró improcedente, de plano, la acción de hábeas corpus de autos; y,
ATENDIENDO A
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica,
RESUELVE
CONFIRMAR la recurrida que, confirmando la apelada, declaró IMPROCEDENTE la acción de hábeas corpus de autos. Dispone la notificación a las partes y la devolución de los actuados.
SS.
ALVA ORLANDINI
GONZALES OJEDA
GARCÍA TOMA