EXP. N.° 0248-2002-AA/TC

LIMA

LUDOVICO PEDRO VERANO CLAROS

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 19 de mayo de 2003

 

VISTO

 

            El escrito de fecha 10 de octubre de 2002, presentado por el demandante, don Ludovico Pedro Verano Claros, cuya firma se encuentra debidamente legalizada, en el que se desiste de la acción de amparo interpuesta contra la Municipalidad Distrital de La Victoria y otros; y,

 

ATENDIENDO A

 

            Que, de conformidad con los artículos 342° y 343° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria, del escrito de desistimiento se ha corrido traslado a las partes demandadas, como es de verse de fojas 10, 11 y 12 de este Cuaderno, las mismas que no lo han absuelto, a pesar del tiempo transcurrido, por lo que ahora se resuelve en su rebeldía.

 

Por este considerando, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica,

 

RESUELVE

Tener por desistido a don Ludovico Pedro Verano Claros de la presente acción de amparo interpuesta contra la Municipalidad Distrital de La Victoria y otros. Dispone dejar sin efecto la vista de la causa, dar por concluido el presente proceso, la notificación a las partes y la devolución de los actuados.

 

SS.

 

ALVA ORLANDINI

BARDELLI LARTIRIGOYEN

REY TERRY

AGUIRRE ROCA

REVOREDO MARSANO

GONZALES OJEDA

GARCÍA TOMA