EXP. N.° 442-2002-AA/TC
LIMA
ERNESTO ÁVILA SÁNCHEZ
Lima, 9 de setiembre de 2003
La
solicitud de aclaración presentada por don Ernesto Ávila Sánchez, respecto de
la sentencia de autos, de fecha 4 de noviembre de 2002; y,
Que el recurrente pretende
que este Colegiado reconsidere la decisión adoptada en la mencionada sentencia,
lo que resulta incompatible con la finalidad de la aclaración, conforme al
artículo 59° de la Ley N.° 26435, máxime cuando esta disposición establece que
contra las sentencias del Tribunal Constitucional no cabe recurso alguno.
Por
esta consideración, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que
le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica,
Declarar SIN
LUGAR la presente solicitud de aclaración. Dispone la notificación a las
partes, su publicación conforme a ley y la devolución de los actuados.
SS.
REVOREDO
MARSANO
GONZALES OJEDA
GARCÍA TOMA