EXP. N.° 0726-2001-AA/TC

PIURA

JOSÉ LUCIO HUAMÁN SANDOVAL Y OTROS

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 5 de agosto de 2003

 

VISTO

 

            La solicitud de corrección del auto expedido por este Tribunal Constitucional, en el Exp. N.° 0726-2001-AA/TC, de fecha 27 de mayo de 2003; y,

 

ATENDIENDO A

 

Que en el auto de fecha 27 de mayo de 2003, se ha incurrido en error material al consignar en la parte resolutiva, a la Resolución Ministerial N.° 00419-88-AG como Resolución Ministerial N.° 00416-88-AG, por lo que debe corregirse.

 

            Por esta consideración, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confiere la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica,

 

RESUELVE

 

Corregir el error material detectado en la parte resolutiva del autor recaído en el Exp. N.° 726-2001-AA/TC, en el sentido de que la numeración correcta de la Resolución Ministerial N.° 00419-88-AG es tal y no la N.° 00416-88-AG, como indebidamente se había formulado formando esta resolución parte integrante de la sentencia. Dispone la notificación a las partes, su publicación conforme a ley y la devolución de los actuados.

 

SS.

 

ALVA ORLANDINI

BARDELLI LARTIRIGOYEN

REY TERRY

REVOREDO MARSANO

GONZALES OJEDA

GARCÍA TOMA