EXP. N.° 821-2002-AA/TC

ANCASH

MARCELINO OSCAR

PEDRAZA SIERRA

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, veintisiete de noviembre de dos mil dos

 

VISTO

 

El escrito de fecha veintitrés de julio de dos mil dos presentado por don Marcelino Oscar Pedraza Sierra, cuya firma se encuentra debidamente legalizada, en el que se desiste del presente proceso de Acción de Amparo interpuesto contra el Ministerio del Interior; y,

 

ATENDIENDO A

 

Que, de conformidad con el artículo 343° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria, conforme al artículo 33.° de la Ley N.° 25398, el escrito de desistimiento ha sido puesto en conocimiento de la parte demandada, como se aprecia de fojas 7 a la 9 del cuaderno de este Tribunal, sin haber expresado su conformidad en el plazo de ley.

 

Por este considerando, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica,

 

RESUELVE

Aprobar el desistimiento solicitado por don Marcelino Oscar Pedraza Sierra en la acción de amparo seguida contra el Ministerio del Interior; en consecuencia, dar por concluido el presente proceso. Dispone la notificación a las partes y la devolución de los actuados.

 

SS.

 

AGUIRRE ROCA

ALVA ORLANDINI

GONZALES OJEDA