EXP.
N.° 954-2002-AA/TC
PUNO
APAZA
LÓPEZ
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL
Lima,
5 de diciembre de 2002
VISTO
El recurso extraordinario interpuesto por doña Teodora Ana Apaza López
contra la resolución de la Sala Civil
de la Corte Superior de Justicia de Puno, de fojas 97, su fecha 28 de febrero
de 2002, que, confirmando la apelada, declaró improcedente la acción de amparo
de autos; y,
ATENDIENDO A
1. Que,
mediante el presente proceso, la demandante solicita que se disponga la
renovación de su contrato de trabajo como docente del Centro Educativo
Secundario Politécnico Huáscar de la provincia de Puno, para el periodo 2001.
2. Que, a
la fecha, por el transcurso del tiempo, se ha convertido en irreparable la
violación constitucional alegada por la demandante, motivo por el cual resulta
aplicable el artículo 6.°, inciso 1), de la Ley N.° 23506.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las
atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley
Orgánica,
RESUELVE
CONFIRMAR la recurrida, que,
confirmando la apelada, declaró IMPROCEDENTE
la demanda. Dispone la notificación a las partes y la devolución de los
actuados.
SS.
BARDELLI LARTIRIGOYEN
GONZALES OJEDA
GARCÍA TOMA