EXP. N.° 1154-1999-AA

HUAURA

ELVIA MERCEDES

AGURTO TÁVARA

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 21 de abril de 2003

 

VISTO

           

            El escrito de fecha 11 de octubre de 2001, presentado por doña Elvia Mercedes Agurto Távara, cuya firma se encuentra debidamente legalizada, en el que desiste del presente proceso de acción de amparo seguido contra la Comisión Reorganizadora de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión de Huacho; y,

 

ATENDIENDO A

 

            Que, de conformidad con los artículos 340° y 343° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria, el escrito de desistimiento del proceso ha sido puesto en conocimiento de la parte demanda, Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, como es de verse a fojas 48 del cuaderno de este Tribunal, la misma que no ha absuelto el respectivo traslado a pesar del tiempo transcurrido, por lo que, en su rebeldía, se procede a resolver.

 

            Por este considerando, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica,

 

RESUELVE

Tener por desistida a la demandante del presente proceso; en consecuencia, dispone dejar sin efecto la vista de la causa y dar por concluido el presente proceso. Dispone la notificación a las partes y la devolución de los actuados.

 

SS.

 

ALVA ORLANDINI

AGUIRRE ROCA

GARCÍA TOMA