EXP. N.° 1303-2003-AA/TC

LIMA

CARLOS EMILIO ITURRIZAGA BERROCAL

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 19 de agosto de 2003

 

VISTO

 

            El escrito de fecha 11 de julio de 2003, presentado por el demandante don Carlos Emilio Iturrizaga Berrocal, cuya firma se encuentra debidamente legalizada, como se aprecia a fojas 6, en el que desiste del proceso de acción de amparo  interpuesto contra el Congreso de la República; y,

 

ATENDIENDO A

 

Que, de conformidad con los artículos 340º y 343º del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria, el escrito de desistimiento ha sido puesto en conocimiento de la parte demandada, es decir, del Congreso de la República, como se observa de fojas 11 a 18, el que, a pesar del tiempo transcurrido, no ha expresado su voluntad, por lo que ahora se resuelve en su rebeldía.

 

Por este considerando, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica,

 

RESUELVE

Tener por desistido a don Carlos Emilio Iturrizaga Berrocal del presente proceso de acción de amparo seguido contra el Congreso de la República, dejando sin efecto la vista de la causa y dando por concluido el proceso. Dispone su publicación conforme a ley, la notificación a las partes y la devolución de los actuados.

 

SS.

 

BARDELLI LARTIRIGOYEN

REY TERRY

REVOREDO MARSANO