EXP. N.º 1347-2003-HC/TC
TUMBES
RODRIGO CAMACHO VILCHERREZ
Lima, 1de diciembre de 2003
El recurso extraordinario
interpuesto por don Rodrigo Camacho Vilcherrez contra la sentencia de la Sala
Mixta de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, de fojas 91, su fecha 31 de
marzo de 2003, que declaró que carece de objeto pronunciarse sobre el asunto
controvertido, por haberse producido la sustracción de la materia; y,
ATENDIENDO A
1.
Que,
con fecha 25 de febrero de 2003, el accionante interpone acción de hábeas
corpus contra Percy León Dios, juez del Primer Juzgado Penal de Tumbes,
manifestando que se le siguió proceso penal por la comisión del delito de
libramiento indebido (Exp. 37-00), y que habiendo sido condenado a dos años de
pena privativa de la libertad, suspendida condicionalmente por el plazo de un
año, y no obstante haber cumplido dicho periodo de prueba, posteriormente la
emplazada revocó la suspensión de la pena, imponiéndole veinticuatro meses de
prisión efectiva y desestimando su petición de excarcelación.
2.
Que,
respecto al pedido de excarcelación del actor, debe señalarse que a fojas 63
obra la papeleta de excarcelación N.° 07-2003-2do. JEPTU-CSJTU/PJ, mediante la
cual el Segundo Juzgado Penal de Tumbes ha ordenado su inmediata libertad, lo
que ha confirmado el propio recurrente en su escrito de demanda, por lo que en
el presente caso se ha producido la sustracción de la materia.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las
atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley
Orgánica,
FALLA
CONFIRMANDO la recurrida que declaró que carece de objeto
pronunciarse sobre el asunto controvertido, por haberse producido la
sustracción de la materia. Dispone
la notificación a las partes, su publicación conforme a ley y la devolución de
los actuados.