EXPS. ACUMS. N.os 1354-2002-AA/TC Y OTROS

LIMA

MARÍA SUSANA CASACHAGUA AGUILAR Y OTROS

 

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

 

Lima, 15 de setiembre de 2003

 

VISTO

 

            El escrito presentado por don  Miguel Ángel Pérez Vizcarra,  de fecha 5 de mayo de 2003, en el cual solicita integrar la sentencia de fecha 31 de marzo  del mismo año, recaída en el presente proceso acumulado; así como el escrito presentado por ele mismo recurrente, cuya firma se encuentra debidamente legalizada, como es de verse a fojas 51, en el que se desiste del anterior recurso; y,

 

ATENDIENDO

 

            Que el escrito solicitando integrar la sentencia recaída en el Expediente N.° 1354-2002-AA/TC, en el que se encuentra el Expediente N.° 1612-2002-AA/TC en calidad de acumulado, se halla en trámite para resolver; pero, habiéndose desistido el recurrente don Miguel Ángel Pérez Vizcarra, se resuelve de conformidad con los artículos 340° y 344° del Código Procesal Civil, y 63° de la Ley N.° 26435.

 

            Por este considerando, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica,

 

RESUELVE

Tener por desistido a don Miguel Ángel Pérez Vizcarra del escrito que solicita integrar la sentencia recaída en el presente proceso. Dispone la notificación al citado recurrente.

 

SS.

 

ALVA ORLANDINI

AGUIRRE ROCA

GONZALES OJEDA