EXP. N.° 1399-2002-AA/TC
JUNÍN
JUSTO FERMÍN YAURICASA PÁUCAR
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 30 de enero de 2003
VISTO
El recurso extraordinario interpuesto por don Justo Fermín Yauricasa Páucar contra la sentencia de la Primera Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Junín, de fojas 102, su fecha 22 de marzo de 2002, que declara fundada la excepción de litispendencia, y, en consecuencia, nulo todo lo actuado y concluido el proceso; y,
ATENDIENDO A
Por estos considerandos, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica,
RESUELVE
CONFIRMAR la recurrida que, revocando la apelada, declara fundada la excepción de litispendencia e IMPROCEDENTE la acción de amparo. Dispone la notificación a las partes y la devolución de los actuados.
SS.
ALVA ORLANDINI
BARDELLI LARTIRIGOYEN
GONZALES OJEDA