EXP. N.° 1472-2003-AA/TC

LIMA

CLEMENTE MANCO VILLACORTA Y OTRO

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 15 de julio se 2003

 

VISTO

 

            El recurso extraordinario interpuesto por don Clemente Martín Manco Villacorta y don Carlos Augusto Valle Devescovi, contra el auto de la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República, de fojas 144, su fecha 24 de octubre de 2002, que, confirmando la apelada, declaró improcedente la acción de amparo de autos; y,

 

ATENDIENDO A

 

Que la pretensión de los demandantes es que se dé cumplimiento a la sentencia emitida en el expediente N.° 61569-7-97, la que tiene la calidad de inmutable; y, no habiéndose acreditado fehacientemente se ejecución en sus propios términos, es necesario practicar una investigación sumarísima y citar a la Asociación Peruana de Astronomía, la cual podría  resultar afectada con la decisión final que recaiga en esta acción.

 

Por esta consideración, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica,

 

RESUELVE

 

Declarar nulo todo lo actuado desde fojas 369, donde corre la resolución número 1, de fecha 27 de noviembre de 2001; y dispone que la Sexta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima admita a trámite la presente acción, ordenándose la devolución de los actuados, la notificación a las partes y su publicación conforme a ley.

 

SS.

 

ALVA ORLANDINI

BARDELLI LARTIRIGOYEN

REY TERRY