EXP. N°. 1706-2002-AA/TC
LIMA
DEMETRIO PACORA MARCOS
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 3 de enero de 2003
VISTO
El recurso extraordinario interpuesto por don Demetrio Pacora Marcos contra la sentencia de la Sexta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 69, su fecha 18 de abril de 2002, que, confirmando la apelada, declaró improcedente la acción de amparo de autos; y,
ATENDIENDO A
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica,
RESUELVE
REVOCAR la recurrida que, confirmando la apelada, declaró improcedente la demanda; y, reforándola, declara que carece de objeto pronunciarse sobre el fondo del asunto por haberse producido la sustracción de la materia. Dispone la notificación de las partes y la devolución de los actuados.
SS.
REY TERRY
REVOREDO MARSANO
GARCÍA TOMA