EXP. N.° 1764-2002-AA
LIMA
CARLOS ERNESTO GÓMEZ MÁRQUEZ
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 23 de marzo de 2003
VISTO
El recurso extraordinario interpuesto por don Carlos Ernesto Gómez Márquez contra la sentencia expedida por la Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 136, su fecha 21 de mayo de 2002, que declara fundada la excepción de caducidad e improcedente la acción de amparo de autos; y,
ATENDIENDO A
Por estos considerandos, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confiere la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica,
RESUELVE
CONFIRMAR la recurrida, que, confirmado la apelada, declara fundada la excepción de caducidad e IMPROCEDENTE la demanda. Dispone la notificación a las partes y la devolución de los actuados.
SS.
ALVA ORLANDINI
REY TERRY
GONZALES OJEDA