EXP. N.° 2089-2002-AA/TC
LIMA
CALMET ABANTO
Lima,
24 de abril de 2003
El escrito de fecha 3 de abril de
2003, presentado por don Luis José Calmet Abanto, cuya firma se encuentra
debidamente legalizada, en el que se desiste de la presente acción de amparo
interpuesta contra el Ministerio de Justicia; y,
Que, de conformidad con lo artículo
340° y 343° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria, el escrito de
desistimiento de la presente acción de amparo ha sido puesto en conocimiento
del señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio
de Justicia, como es de verse a fojas 10 del cuaderno de este Tribunal, el
mismo que no ha absuelto el respectivo traslado, a pesar del tiempo
transcurrido, por lo que ahora se resuelve en su rebeldía.
Por este considerando, el Tribunal
Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución
Política del Perú y su Ley Orgánica,
Tener
por desistido a don Luis José Calmet Abanto de la presente acción de amparo que
interpuso contra el Ministerio de Justicia. Dispone dejar sin efecto la vista
de la causa, dar por concluido el presente proceso, notificar a las partes y
devolver los actuados.
SS.
BARDELLI LARTIRIGOYEN
GONZALES OJEDA