EXP. N.° 2112-2002-HC/TC
LORETO
ZEGARRA
BAZÁN
RESOLUCIÓN DEL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 3 de octubre de 2002.
La resolución de fecha 21 de agosto de 2002, que concede el recurso extraordinario interpuesto por don Manuel Francisco Zegarra Bazán contra la resolución expedida por la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de fojas 5, su fecha cinco de agosto de dos mil dos; y,
ATENDIENDO A
1.
Que
el artículo 41° de la Ley N.° 26435, Orgánica del Tribunal Constitucional,
establece que este Tribunal conoce del recurso extraordinario que se interponga
en última y definitiva instancia contra las resoluciones denegatorias de la
Corte Suprema o de la instancia que la ley establezca denegatorias de las
acciones de hábeas corpus, amparo hábeas data y acción de cumplimiento.
2.
Que
a fojas cinco corre la resolución de fecha cinco de agosto de dos mil dos,
expedida por la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, que
resuelve declarar improcedente en primera instancia la acción de hábeas corpus
presentada, sin dar cumplimiento al artículo 15° de la Ley N.° 23506, Ley de
hábeas corpus y amparo que establece que si se tratase de detención arbitraria
atribuida a una orden de un Juez, la acción se interpondrá ante la Sala Penal
de la Corte Superior de Justicia respectiva, la que designará a otro Juez en lo
Penal, quien decidirá en el término
de veinticuatro horas, lo que no ha sucedido en el presente caso.
3.
Que,
al existir esta única resolución expedida por la Sala Penal, también se ha
violado el principio de pluralidad de la instancia.
4.
Que,
por lo tanto, resuelta de aplicación lo prescrito por los artículos 42° y 60°
de la Ley N.° 26435, ya mencionada.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Estado y su Ley Orgánica,
RESUELVE
Declarar nulo todo lo
actuado desde fojas cinco que contiene la resolución de fecha cinco de agosto
de dos mil dos; manda reponer la causa al estado en que la Sala Penal de la
Corte Superior de Justicia de Loreto designe al Juez en lo Penal competente, de
conformidad con los fundamentos de esta resolución. Dispone la notificación a
las partes y la devolución de los actuados.
SS.
REY TERRY
REVOREDO
MARSANO
AGUIRRE ROCA
ALVA ORLANDINI
BARDELLI
LARTIRIGOYEN
GONZALES OJEDA
GARCÍA TOMA