EXP.
N.° 2113-2002-AA/TC
LIMA
JOSÉ
ISIDRO GARCÍA GONZA
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima,
6 de diciembre de 2002
El recurso extraordinario
interpuesto por don José Isidro García Gonza contra la resolución expedida por
la Sexta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 227, su
fecha 30 de abril de 2002, que declaró
improcedente la acción de amparo de autos; y,
1.
Que la demanda tiene por objeto que se declaren inaplicables al
recurrente la Ley N.° 4916, el Decreto
Legislativo N.° 728, la Resolución de Intendencia Nacional N.° 079-98 y la
Carta N.° 747-99-ADUANAS-INA-GRRHH, y que se ordene su reposición en el cargo de Inspector Oficial de Aduanas.
2. Que al recurrente se le
comunicó su cese mediante la Carta N.° 747-ADUANAS-INA-GRRHH, de fecha 4 de
octubre de 1999, notificada el 15 del mismo mes y año, contra la cual interpuso
recurso de apelación.
3.
Que,
como lo afirma el recurrente en el punto 6 de su escrito de demanda, el 30 de
mayo de 1999 se acogió al silencio administrativo negativo respecto a la
mencionada apelación e interpuso acción contencioso-administrativa.
4.
Que
el demandante no incurrió en la causal de improcedencia de la vía paralela,
como sostiene la emplazada, toda vez que el proceso contencioso-administrativo
fue declarado nulo por resolución de fecha 10 de agosto de 2000 (a fojas 141),
por no existir una relación jurídico-procesal válida; sin embargo, sí se ha
configurado la caducidad de la acción de amparo debido a que la demanda recién
fue interpuesta el 4 de enero de 2001, cuando había vencido el plazo de
caducidad establecido en el artículo
37º de la Ley N.º 23506, de Hábeas Corpus y Amparo.
Por estas consideraciones, el Tribunal
Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución
Política del Perú y su Ley Orgánica,
CONFIRMAR la recurrida, que, confirmando la apelada,
declaró FUNDADA la excepción de
caducidad e IMPROCEDENTE la acción
de amparo. Dispone la notificación a las partes su publicación conforme a ley y
la devolución de los actuados.
SS.