EXP. N.° 2191-2002-HC/TC
LIMA
CLAVE N.° TA-012606000030
Lima,
14 de octubre de 2002
El recurso extraordinario
interpuesto por don Raúl Durand Valladares a favor del procesado con clave
secreta N.° TA-12606000030 contra la Resolución de la Sala de Apelaciones para
Procesos Sumarios con Reos en Cárcel, de fojas 36, su fecha 7 de agosto de
2002, que, confirmando la apelada, declaró improcedente la acción de hábeas
corpus de autos, y,
1.
Que, conforme lo establece el artículo 14° de
la Ley N.° 25398, el rechazo in límine
de las acciones de garantía procede cuando estas son manifiestamente
improcedentes, por las causales taxativamente señaladas en los artículos N.OS
6° y 37° de la Ley N.° 23506, de Hábeas Corpus y Amparo.
2.
Que, por tanto, debe admitirse a trámite el
hábeas corpus y continuarse con el procedimiento conforme a ley.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las
atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley
Orgánica,
Declarar
Nula la recurrida, insubsistente la apelada y NULO todo lo actuado desde la foja 26 inclusive; ordena se admita
la demanda y se tramite la causa conforme a ley. Dispone la notificación de las
partes y la devolución de los actuados.
SS.
REVOREDO MARSANO
ALVA ORLANDINI
BARDELLI LARTIRIGOYEN
GONZALES OJEDA
GARCÍA TOMA