EXP.  N.° 593-2004-AA/TC

TACNA

EMMA BERTHA

FLORES QUISPE

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 19 de octubre del 2004

 

VISTA

 

La solicitud de corrección de la sentencia de autos, su fecha 26 de marzo de 2004, presentada por doña Emma Bertha Flores Quispe; y,

 

ATENDIENDO A

 

1.      Que, conforme al artículo 59° de la Ley N.° 26435, el Tribunal Constitucional puede, de oficio o a instancia de parte, aclarar algún concepto oscuro o subsanar cualquier error material u omisión en que se hubiese incurrido.

 

2.      Que la recurrente señala que en la sentencia de autos se ha consignado, en la parte que corresponde al Asunto, el nombre de Regidia Maquera Cotrado, y no el suyo ”Emma Bertha Flores Quispe” siendo ella la accionante.

 

3.      Que de la revisión de los actuados se verifica que se ha incurrido en error material, por lo que corresponde subsanarlo conforme a lo indicado en el considerando 1.

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú

 

RESUELVE

 

Corregir el error cometido, precisándose que la demandante y sobre quien recaen los efectos de la sentencia expedida es doña Emma Bertha Flores Quispe .     

 

Publíquese y notifíquese.

 

SS.

 

ALVA ORLANDINI

GONZALES OJEDA

GARCÍA TOMA