EXP. N.° 0622-2004-AA/TC

LIMA

SUCESIÓN HUMBERTO

GRANCELI MANGIATE

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 3 de agosto de 2004

 

VISTO

 

            El recurso extraordinario interpuesto por la sucesión Humberto Granceli Mangiate contra la resolución de la Sexta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 297, su fecha 13 de mayo de 2003, que, confirmando la apelada, declaró improcedente la acción de amparo de autos; y,

 

ATENDIENDO A

 

1.      Que la recurrente interpone acción de amparo contra la Municipalidad Metropolitana de Lima, a fin de que se declare inaplicable la Resolución de Alcaldía N.° 3582.

 

2.      Que la recurrente, tal como lo admite en el escrito de su recurso extraordinario, ha postulado la misma pretensión en la vía ordinaria.

 

3.      Que, consecuentemente, de acuerdo al artículo 6°, inciso 3 de la Ley N.° 23506, la presente acción es manifiestamente improcedente.

 

Por estos considerandos, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que la Constitución Política del Perú le confiere

 

RESUELVE

 

Declarar IMPROCEDENTE la demanda.

 

SS.

 

BARDELLI LARTIRIGOYEN

GONZALES OJEDA

GARCÍA TOMA