EXP. 706-02-AA/TC

LIMA

SILVIA SANGUINETTI AQUINO

 

RESOLUCION DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 26 de agosto de 2004

 

VISTO

 

El recurso de aclaración de la sentencia de autos, su fecha 11 de mayo de 2004, presentado por doña Silvia Sanguinetti Aquino, precisando que no hizo efectiva la propuesta económica de la empresa; y,

 

ATENDIENDO A

 

1.      Que, la demanda fue desestimada conforme a lo dispuesto en el fundamento 1 de la sentencia, en el que se señala que a fojas 14 y 15 obra la renuncia formulada por la demandante a Telefónica del Perú S.A.A. quedando -con dicha manifestación de voluntad- disuelto el vínculo laboral entre las partes.

 

2.      Que el pedido de aclaración interpuesto pretende cuestionar los fundamentos mismos de la sentencia, por lo que teniendo en cuenta que la referida sentencia ha sido expedida con arreglo a ley, la aclaración solicitada no se adecua a lo dispuesto en el artículo 59° de la Ley Orgánica del Tribunal Consitucional.

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica,

 

RESUELVE

 

Declarar SIN LUGAR el pedido de aclaración de la sentencia de autos.

 

Publíquese y notifíquese.

 

SS.

ALVA ORLANDINI

GONZALES OJEDA

GARCÍA TOMA