EXP. N.º 1365-2003-AA/TC

LIMA

LIDIA LUZ CRUZ NEYRA

 Y OTRO

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 17 de mayo de 2004

 

VISTO

 

El recurso de corrección de la sentencia recaída en el Expediente N.° 1365-2003-AA/TC, de fecha 29 de enero de 2004, presentado por la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle; y,

 

ATENDIENDO A

 

1.   Que, de conformidad con el artículo 37° del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, agregado por la Resolución Administrativa N.° 042-2002-P/TC, publicada el 12 de mayo de 2004, se ha procedido a llamar para resolver este pedido de corrección al  magistrado Magdiel Gonzales Ojeda.

 

2.      Que el artículo 407.° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente de acuerdo al artículo 63.° de la Ley N.° 26435, dispone que antes de que la resolución cause ejecutoria, se puede corregir cualquier error material.

 

3.      Que, en la sentencia recaída en el presente expediente se ha incurrido en error material, al consignarse en el segundo fundamento que el Rector de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle es don Juan Manuel Solís Gómez, debiendo ser Manuel Alejandro Solís Gómez.

 

Por las consideraciones expuestas, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú,

 

RESUELVE

CORREGIR el error material contenido en el segundo fundamento de la sentencia recaída en el Expediente N.° 1365-2003-AA/TC, señalándose que el Rector de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle es don Manuel Alejandro Solís Gómez.

 

Publíquese y notifíquese.

 

SS.

 

REVOREDO MARSANO

GONZALES OJEDA

GARCÍA TOMA