EXP.
N.° 1670-2004-HC/TC
LA LIBERTAD
BETY DOMITILA DELGADO
BARRAZA Y OTRO
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL
Lima, 20 de julio de 2004
El recurso extraordinario interpuesto por Miguel S. Burneo Saavedra, abogado de Bety Domitila Delgado Barraza, contra la resolución de la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, de fojas 126, su fecha 30 de marzo de 2004, que declara que se ha producido la sustracción de la materia; y,
ATENDIENDO A
1.
Que
el recurrente interpone acción de hábeas corpus a favor de Bety Domitila
Delgado Barraza, el mismo que se acumula al que interpuso Rosa Elena Rodríguez
Cruz a favor de Jorge Luis Chávez Sabana, y la dirige contra el titular a cargo
del Juzgado Penal de Ascope, quien en el proceso penal N.º 518-01 declaró
contumaces a los beneficiarios de esta acción, ordenando su inmediata captura.
2.
Que,
luego de haber sido declarados contumaces y de haber sido capturados, los
inculpados han sido condenados por el delito de fraude procesal a dos años de
pena privativa de libertad suspendida, disponiéndose su inmediata libertad,
resultando de aplicación el artículo 6°, inciso 1), de la Ley N.° 23506.
Por
estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le
confiere la Constitución Política del Perú
Declarar improcedente la acción de hábeas corpus
SS.
GONZALES OJEDA
GARCÍA TOMA