EXP. N.° 2484-2004-AA/TC

LIMA

INVERSIONES HELÉNICAS S.A.C.

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 16 de noviembre de 2004

 

VISTO

 

            El escrito de fecha 5 de octubre de 2004, presentado por don Jesús Aurelio Achuy León, en calidad de apoderado de la empresa demandante  Inversiones Helénicas Sociedad Anónima Cerrada, cuya firma se encuentra debidamente legalizada, como es de verse a fojas 44, en el que se desiste del recurso extraordinario interpuesto en el presente proceso de amparo que sigue contra la Municipalidad Distrital de Miraflores; y,

 

ATENDIENDO A

 

1.      Que, de conformidad con los artículos 340° y 343° del Código Procesal Civil (CPC), de aplicación supletoria, el escrito de desestimiento del recurso extraordinario ha sido puesto en conocimiento de la parte demandada.

 

2.      Que, a pesar de haber sido debidamente notificada la emplazada, según se observa a fojas 46 y 47, no ha dado a conocer su posición, o no, al desestimiento, no obstante el tiempo transcurrido, por lo que ahora, en su rebeldía, se resuelve, de conformidad con el citado artículo 343°, con el artículo 49° del Código Procesal Constitucional, así como con el artículo 37° del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, próximos a entrar en vigencia.

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confiere la Constitución Política del Perú

 

RESUELVE

 

1.      Tener por desistido a don Jesús Aurelio Achuy León, en su calidad de apoderado de la empresa Inversiones Helénicas Sociedad Anónima Cerrada, del recurso extraordinario interpuesto en el proceso de acción de  amparo.

2.      Manda dejar sin efecto la vista de la causa, dando por concluido el presente proceso.

 

Notifíquese y publíquese.

 

SS.

 

ALVA ORLANDINI

BARDELLI LARTIRIGOYEN

GONZALES OJEDA