EXP. N.° 3286-2003-AA/TC
MADRE DE DIOS
PALMER PASTOR VELÁSQUEZ
Lima,
15 de enero de 2004
La resolución de fojas 81, su fecha
10 de setiembre de 2003, que concede el recurso de apelación interpuesto por don
Palmer Pastor Velásquez contra la resolución expedida por la Sala Mixta de la
Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, su fecha 1 de setiembre de 2003;
y,
1.
Que, a fojas 71, corre la resolución de fecha
1 de setiembre de 2003, expedida por la Sala Mixta de la Corte Superior de
Justicia de Madre de Dios, que resuelve declarar infundada la demanda que sobre
acción de amparo interpuso el demandante contra los vocales de la Sala Mixta de
Puerto Maldonado.
2.
Que, contra la indicada resolución, el
demandante interpuso el recurso impugnativo de apelación, que fue concedido
disponiéndose se eleven los autos a la Sala de Derecho Constitucional y Social
de la Corte Suprema de Justicia de la República, para que resuelva en segunda
instancia.
3.
Que, a pesar de ser la orden expresa y
arreglada a ley, el Presidente de la Sala Mixta de Puerto Maldonado eleva los
actuados a este Tribunal Constitucional.
Por estos considerandos, el Tribunal Constitucional, en uso de las
atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley
Orgánica,
Ordenar la devolución de los actuados a la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, para que los eleve a la Corte Suprema de Justicia de la República. Dispone la notificación a las partes.
SS.
ALVA ORLANDINI
AGUIRRE ROCA
GONZALES OJEDA
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