EXP. N.º 3440-2003-AA/TC

LIMA

JUAN JOSÉ LINARES SAN ROMÁN

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 27 de abril de 2004

 

VISTO

El escrito de fecha 15 de enero de 2004, presentado por don Juan José Linares San Román, cuya firma se encuentra debidamente legalizada, como se aprecia a fojas 29, en el que desiste del recurso extraordinario interpuesto en la presente acción de amparo seguida contra el Consejo Nacional de la Magistratura; y,

 

ATENDIENDO A

 

Que, de conformidad con los artículos  340º y 343º del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria, el escrito de desistimiento  del recurso extraordinario ha sido puesto en conocimiento  de la parte demandada, el Consejo Nacional de la Magistratura, habiendo expresado su conformidad el Presidente de este organismo, conforme aparece a fojas 36.

 

Por esta consideración, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica le confiere,

 

HA RESUELTO

 

Tener por desistido a don Juan José Linares San Román del recurso extraordinario; deja sin efecto la vista de la causa, dando por concluido el presente proceso.

 

Publíquese y notifíquese

 

SS.

 

ALVA ORLANDINI

BARDELLI LARTIRIGOYEN

GARCÍA TOMA