EXP. N° 018-2005-Q/TC

LIMA

EDWIN ORLANDO

RIVERA GAMARRA

 

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 14 de junio de 2005

 

VISTOS

 

            El recurso de queja presentado por don Edwin Orlando Rivera Gamarra, y;

 

ATENDIENDO A

 

1.      Que mediante oficio de fecha 2 de junio de 2005, la Primera Sala Penal Corporativa para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima remitió la información requerida por este Tribunal, a fin de mejor resolver el caso de autos, señalando que el principal fue remitido a esta Sede con fecha 28 de febrero último, conforme se puede apreciar de fojas 18 y 19.

 

2.      Que, asimismo, el referido expediente ha sido signado con el número 1558-2005-HC/TC, siguiendo su respectivo trámite a fin de que sea resuelto.

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las facultades  conferidas por la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica;

 

RESUELVE

 

 Declarar que carece de objeto pronunciarse sobre el presente recurso de queja, al haber sido concedido el recurso de agravio constitucional. Dispone el archivamiento del presente cuadernillo.

 

 

 

 SS.

ALVA ORLANDINI

BARDELLI LARTIRIGOYEN

GARCÍA TOMA