EXP. N.° 1364-2004-AA/TC
LIMA
UNIVERSIDAD RICARDO PALMA
Lima,
10 de febrero de 2005
VISTO
El escrito de aclaración de la
sentencia de autos, su fecha 23 de noviembre de 2004; y,
ATENDIENDO A
1.
Que la Universidad Ricardo Palma solicita
aclaración de la sentencia de autos, precisándose que el Patronato de la
Universidad Ricardo Palma “no está válidamente constituido” y que se ordene
dejar sin efecto “la Resolución de Indecopi que otorgó el registro del logotipo
de nuestra propiedad a favor del denominado ‘Patronato de la Universidad
Ricardo Palma”.
2.
Que, en el fundamento 5 de esta sentencia, el
Tribunal ha señalado que la validez, o no, de la constitución del referido
patronato debe dilucidarse en la vía judicial ordinaria. En mérito a lo
anterior y a que antes de interponerse la demanda se inició un procedimiento de
nulidad de marca de servicios ante dicho órgano administrativo, este Tribunal
no dejó sin efecto la resolución de Indecopi.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad
que le confiere la Constitución Política del Perú
RESUELVE
Declarar
SIN LUGAR la solicitud de
aclaración.
Publíquese
y notifíquese.
SS.
ALVA ORLANDINI
BARDELLI LARTIRIGOYEN
GARCÍA TOMA