EXP. N.° 2467-2004-HC/TC

LIMA

WILLIAM CLAROS CORTEGANA

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 15 de diciembre de 2004

 

VISTO

 

El recurso extraordinario interpuesto por don William Claros Cortegana contra la resolución de la Primera Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 74, su fecha 25 de mayo de 2004, que, confirmando la apelada, declaró improcedente el hábeas  corpus de autos; y,

 

ATENDIENDO A

 

1.      Que, con fecha 17 de marzo de 2004, el recurrente interpone la presente acción solicitando su inmediata libertad, alegando que los plazos legales de la detención han sido excedidos en el proceso que se le sigue ante la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, signado con el N.° 557-2003.

 

2.      Que, según información remitida a este Tribunal mediante Oficio N.° 557-03-3era.SPCROC, el recurrente ha sido absuelto de la acusación fiscal, ordenándose su inmediata libertad.

 

3.      Que, por tanto, en el presente caso es de aplicación lo dispuesto por el artículo 6°, inciso 1) de la Ley N.° 23506.

 

Por las consideraciones expuestas, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú,

 

RESUELVE

 

Declarar IMPROCEDENTE el hábeas corpus.

 

SS.

 

ALVA ORLANDINI

GONZALES OJEDA

GARCÍA TOMA