EXP. N.° 2467-2004-HC/TC
LIMA
Lima,
15 de diciembre de 2004
El recurso extraordinario interpuesto por don William Claros Cortegana
contra la resolución de la Primera Sala Especializada en lo Penal para Procesos
con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 74, su fecha
25 de mayo de 2004, que, confirmando la apelada, declaró improcedente el hábeas corpus de autos; y,
1.
Que, con fecha 17 de marzo de 2004, el
recurrente interpone la presente acción solicitando su inmediata libertad,
alegando que los plazos legales de la detención han sido excedidos en el
proceso que se le sigue ante la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos en
Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, signado con el N.° 557-2003.
2.
Que, según información remitida a este Tribunal
mediante Oficio N.° 557-03-3era.SPCROC, el recurrente ha sido absuelto de la
acusación fiscal, ordenándose su inmediata libertad.
3.
Que, por tanto, en el presente caso es de
aplicación lo dispuesto por el artículo 6°, inciso 1) de la Ley N.° 23506.
Por las consideraciones expuestas, el Tribunal Constitucional, con la
autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú,
Declarar
IMPROCEDENTE el hábeas corpus.
SS.
ALVA ORLANDINI
GONZALES OJEDA
GARCÍA TOMA