EXP. N.º 0518-2005-PC/TC

AREQUIPA

JOSÉ TEODOCIO TOMÁS

NÚÑEZ ROSAS

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 13 de diciembre de 2005

 

VISTO

 

El escrito obrante a fojas 21 del cuaderno del Tribunal Constitucional, presentado por don José Teodocio Tomás Núñez Rosas, siendo su apoderada doña Elizabeth Magdalena Baldarrago Ale, cuya firma se encuentra debidamente certificada, como consta a foja 26, mediante el cual se desiste del proceso de autos seguido contra Manuela Fuentes Gil y otros; y,

 

ATENDIENDO A

 

1.      Que, de conformidad con los artículos 340º y 343º del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria, el escrito de desistimiento ha sido puesto en conocimiento del Procurador Público del Poder Judicial y delas emplazadas, quienes mediante escrito de fecha 2 de diciembre han expresado su conformidad.

 

2.      Que, conforme al artículo 49° del Código Procesal Constitucional, es procedente el desistimiento.

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú

 

RESUELVE

 

1.    Tener por desistido a don José Teodocio Tomás Núñez Rosas del presente proceso de amparo seguido contra Manuela Fuentes Gil y otros.

 

2.    Declarar por concluido el proceso.

 

Publíquese y notifíquese.

 

SS.

 

ALVA ORLANDINI

BARDELLI LARTIRIGOYEN

GONZALES OJEDA

VERGAR GOTELLI

LANDA ARROYO