EXP. N.º 0518-2005-PC/TC
AREQUIPA
NÚÑEZ
ROSAS
RESOLUCIÓN
DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
VISTO
El escrito obrante a fojas 21 del cuaderno del Tribunal Constitucional,
presentado por don José Teodocio Tomás Núñez Rosas, siendo su apoderada doña
Elizabeth Magdalena Baldarrago Ale, cuya firma se encuentra debidamente
certificada, como consta a foja 26, mediante el cual se desiste del proceso de
autos seguido contra Manuela Fuentes Gil y otros; y,
ATENDIENDO A
1. Que, de conformidad con los artículos 340º y 343º del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria, el escrito de desistimiento ha sido puesto en conocimiento del Procurador Público del Poder Judicial y delas emplazadas, quienes mediante escrito de fecha 2 de diciembre han expresado su conformidad.
2. Que, conforme al artículo 49° del Código Procesal Constitucional, es procedente el desistimiento.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional,
con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú
RESUELVE
1.
Tener
por desistido a don José Teodocio Tomás Núñez Rosas del presente proceso de
amparo seguido contra Manuela Fuentes Gil y otros.
2.
Declarar
por concluido el proceso.
Publíquese y notifíquese.
SS.
ALVA ORLANDINI
BARDELLI
LARTIRIGOYEN
GONZALES OJEDA
VERGAR GOTELLI
LANDA ARROYO