EXP. N.º
2055-2005-PA/TC
PIURA
JESÚS MARÍA CRUZ
REQUENA DE ORTIZ
Arequipa, 29 de agosto de 2006
La solicitud de aclaración de la resolución de autos emitida con fecha 19 de mayo de 2005, presentada por doña Jesús María Cruz Requena el 21 de diciembre de 2005; y,
ATENDIENDO A
1. Que la recurrente solicita se aclare la resolución de autos que, a su juicio, “contraviene” la legislación laboral, pues el pago de su compensación por tiempo de servicios, efectuado ante el despido ilegal del que fue objeto, no extingue su relación laboral.
2. Que tal solicitud debe ser desestimada, puesto que tiene por finalidad objetar la resolución de autos, contraviniendo el artículo 121º del Código Procesal Constitucional.
Por estos considerandos, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú
Declarar IMPROCEDENTE la
solicitud de aclaración.
Publíquese y notifíquese.
SS.
GARCÍA
TOMA
GONZALES
OJEDA