EXP. 00003-2007-PI/TC

CHANCHAMAYO-JUNIN

MUNICIPALIDAD DEL

CENTRO POBLADO

CIUDAD SATELITE-PERENE

 

 

RESOLUCIÓN DE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 8 de enero de 2007

 

VISTA

 

La demanda de inconstitucionalidad presentada por Julio Félix Tunque Acuña Alcalde del centro poblado ciudad Satelite-Perene, Chanchamayo, Junín, contra la Ordenanza Municipal 044-2005-MPCH; y,

 

ATENDIENDO A

 

1.      Que de acuerdo con el artículo 98 del Código Procesal Constitucional las demandas solo pueden ser presentadas por los órganos y sujetos referidos en el artículo 203 de la Constitución.

 

2.      Que como se aprecia, la demanda no ha sido interpuesta de conformidad con el artículo 203 de la Constitución, puesto que el accionante no tiene legitimidad activa para interponer demanda de inconstitucionalidad, siendo aplicable supletoriamente el inciso 1 del artículo 427 del Código Procesal Civil, en concordancia con el artículo IX del Título Preliminar de Código Procesal Constitucional.

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú

 

RESUELVE

 

Declarar IMPROCEDENTE la demanda.

 

Publíquese y notifíquese

 

 

SS.

LANDA ARROYO

GONZALES OJEDA

ALVA ORLANDINI

BARDELLI LARTIRIGOYEN

GARCÍA TOMA

VERGARA GOTELLI

MESÍA RAMÍREZ