EXP. N.° 0281-2006-PA/TC
ICA
HERNÁN GONZÁLEZ
PÁUCARHUANCA
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 7 de mayo de 2007
VISTO
El pedido de reposición y nulidad de la resolución de autos, su fecha 30 de marzo de 2007, presentado por don Hernán González Páucarhuanca el 3 de mayo de 2007; y,
ATENDIENDO A
1. Que el recurrente solicita que se deje sin efecto la resolución de autos que declaró improcedente su demanda de amparo por la causal de prescripción y que, consecuentemente, se emita una sentencia estimatoria alegando para tal efecto una serie de razones sobre el mérito de su pretensión.
2. Que este Tribunal en jurisprudencia reiterada ha señalado que sus decisiones, que en definitiva resuelven las demandas de tutela de derechos fundamentales, son inimpugnables, por aplicación del artículo 121 ° del Código Procesal Constitucional por lo que, el pedido del recurrente debe ser rechazado.
Por estos considerandos
el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de reposición y nulidad de la resolución de autos, su fecha 30 de marzo de 2007.
SS.
LANDA ARROYO
GONZALES OJEDA
ALVA ORLANDINI
BARDELLI LARTIRIGOYEN
GARCÍA TOMA