EXP. N.° 1360-2007-PA/TC

LIMA

LUIS ANTONIO

GONZÁLES TALLEDO

 

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 14 de mayo de 2007

 

VISTO

 

El escrito obrante a fojas 2 del cuaderno del Tribunal Constitucional, presentado por don Luis Antonio Gonzáles Talledo, mediante el cual se desiste de la pretensión en el proceso contra Petróleos del Perú -PETROPERU S.A.-; y,

 

ATENDIENDO A

 

1.      Que conforme lo establece el artículo 49° del Código Procesal Constitucional, en el amparo es procedente el desistimiento. A tenor del artículo 37° del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional. el actor ha cumplido con presentar el escrito de desistimiento y con legalizar su firma ante notario, como consta a fojas 2.

 

2.      Que, a tenor de lo previsto en los artículos 340° y ss. del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria al presente caso, el escrito de desistimiento de la pretensión no requerirá la conformidad del demandado; por lo que ahora, aun cunado el demandado ha expresado su conformidad, se resuelve de acuerdo con el artículo 344° del Código Procesal Civil.

 

Por estas consideraciones, el. Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú

 

RESUELVE

 

Tener por desistido a don Luis Antonio Gonzáles Talledo de la pretensión en el proceso seguido contra Petróleos del Perú -PETROPERU-, dando por concluido el proceso.

 

 

SS.

ALVA ORLANDINI

BARDELLI  LARTIRIGOYEN

MESIA RAMÍREZ